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Aeropuerto de CDMX aumentará la TUA para 2023; así quedan las tarifas

Los nuevos montos de TUA nacional e internacional entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2023

Foto: Archivo/El Universal
29/12/2022 |07:00
Pamela Benítez
ColaboradoraVer perfil

La Tarifa de Uso Aeroportuario (TUA) que se debe pagar por viajar en avión dentro de territorio mexicano incrementará de precio en el (AICM) a partir de 2023.

A inicios de diciembre, la dirección del AICM publicó las nuevas tarifas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las cuales entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2023, por lo que desde esa fecha notarás un incremento en los costos de tus boletos de avión.

En el aviso se precisa que los nuevos montos fueron autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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La TUA está expresada en dólares estadounidenses, pero cada mes, el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México publicará en el DOF la equivalencia en pesos mexicanos.

¿Cuánto costará la TUA en 2023?

La tarifa de uso aeroportuario se cobra de forma diferente si el destino final es nacional o es extranjero y así quedará a partir del siguiente año:

TUA nacional: 28.04 dólares. 

TUA internacional: 53.24 dólares.

Con el pasado cambio de montos, el cobraba 24.50 dólares por la TUA nacional y 46 dólares por la TUA internacional.

¿Qué es la TUA?

La Tarifa de Uso de Aeroportuario es el cargo que aplican los aeropuertos a los viajeros por el uso de sus instalaciones.

Algunas aerolíneas permiten pagar la TUA al momento de comprar el boleto de avión o se puede cubrir al momento de llegar al aeropuerto. Pero es indispensable pagarlo antes de abordar el avión.

¿Qué viajeros no deben pagar la TUA?

Algunos pasajeros están exentos de pagar la tarifa de uso aeroportuario:

- Los menores de dos años de edad.

- Los representantes y agentes diplomáticos de países extranjeros que tampoco cobren la .

- Los pasajeros en tránsito y en conexión en los términos que determine la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

- El personal técnico aeronáutico en comisión de servicio que cuente con la licencia vigente correspondiente expedida por la autoridad aeronáutica. "Para efectos de esta tarifa sólo se incluye a las tripulaciones extra, de refuerzo, de retorno y concentración, las cuales se consideran como el piloto, copiloto, sobrecargo y mecánico en vuelo, únicamente", indica el AICM.