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A partir del primer día de 2017, los conductores de California tendrán que cumplir nuevas leyes de tránsito, entre las que se destacan la prohibición del uso de dispositivos electrónicos y el uso de asientos para bebés de forma obligatoria, entre otras medidas.

El próximo 1 de enero se realizará la implementación de la ley AB 1785, con la que, entre otras razones, se multará a todo aquel chofer que lleve un aparato electrónico en sus manos mientras maneja; aunque si se permitirá que sea colocado en el tablero del automóvil para tocar la pantalla sin caer en distracción.

De acuerdo con el Departamento de Policía de Los Ángeles (LAPD, por sus siglas en inglés), las sanciones se aplicarán también cuando los teléfonos se usen como GPS y para enviar mensajes en las redes sociales.

Asimismo, la institución local indicó que con la nueva legislación se busca evitar las lesiones y fatalidades en accidentes viales, por lo que las regulaciones son más amplias.

De igual forma, a partir del 1 de enero entrará en vigencia la ley AB 53, en la que se obliga a los conductores a llevar un niño hasta los dos años de edad en un asiento mirando hacia atrás del vehículo, a menos que el bebé pese 40 libras o más, o que su altura sea de 3 pies 3 pulgadas o más (40 pulgadas).

Con esta regulación, será obligatorio que hasta los ocho años de edad o cuando tengan una altura de 4 pies y 9 pulgadas tengan que utilizar un asiento específicamente para niños.

Otras leyes también entrarán en vigor a partir de 2017, tal como la ley de Matrícula Vehicular (SV 838), la cual aumentará el costo de registrar un vehículo o remolque de 43 a 53 dólares a partir del 1 de abril de 2017.

También la ley de Placa Personalizada (SB 839), la cual aumenta el costo de 43 a 53 dólares, a partir del 1 de julio de 2017, para emitir las placas ecológicas; esta medida además aumenta el cobro de la renovación, retención, transferencia o duplicación de las placas personalizadas de 38 a 43 dólares, a partir de enero.

Asimismo, el Reporte de Accidente de Tráfico (SB 491) se echará a andar y es una ley que aumenta el límite mínimo de daños a la propiedad que debe ser reportado al Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) de 750 a 1,000 dólares cuando un conductor se ve involucrado en una colisión vehicular.

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