Tener dinero en una cuenta bancaria no significa automáticamente que el Sistema de administración Tributaria (SAT) vaya a cobrarte impuestos o iniciar una investigación. Sin embargo, ciertos movimientos pueden generar dudas cuando no coinciden con los ingresos que una persona declara o cuando no puede acreditar de dónde provienen los recursos. Si quieres saber cuáles son esos movimientos que podrían traerte problemas con el fisco, aquí te contamos los detalles.
Son varios los mexicanos a los que les preocupa cuando el SAT les envía un mensaje en su Buzón Tributario; la mayoría piensa que están haciendo algo mal y que inmediatamente tendrán problemas severos; pero en la mayoría de los casos no es así, siempre y cuando no cometas un delito.
Entre las operaciones que pueden resultar relevantes para efectos fiscales están:
Ojo: esto no significa que cada uno de estos movimientos genere automáticamente una auditoría.
La cifra de 15 mil pesos aparece en las reglas relacionadas con la información que las instituciones financieras deben proporcionar respecto de depósitos en efectivo acumulados mensualmente.
La regla establece que las instituciones financieras informan sobre depósitos en efectivo que excedan de 15 mil pesos acumulados al mes en las cuentas del contribuyente dentro de una misma institución.
Pero atención: esto no significa que depositar 15 mil pesos o más sea ilegal ni que automáticamente tengas que pagar impuestos por ese depósito. Tampoco significa que una persona pueda recibir menos de esa cantidad y quedar fuera de cualquier revisión fiscal.
No necesariamente. Si recibes dinero de un familiar como préstamo, la clave está en poder demostrar que efectivamente se trató de un préstamo y no de un ingreso por una actividad económica.
Por eso es recomendable conservar documentación que permita demostrar:
El objetivo es poder acreditar el origen de los recursos.
Si recibes dinero que no corresponde a tu salario o a tus ingresos habituales, es recomendable conservar documentación relacionada con la operación.
Por ejemplo:
-Préstamos: contrato, pagarés, transferencias y comprobantes de devolución.
-Venta de un automóvil: contrato de compraventa, comprobantes y documentos relacionados con el vehículo.
-Transferencias entre cuentas propias: estados de cuenta de las cuentas de origen y destino.
-Ingresos por actividad económica: facturas, estados de cuenta y registros contables correspondientes.
Es el supuesto en el que las erogaciones de una persona física son superiores a sus ingresos declarados o a los que debió declarar.
La autoridad debe notificar al contribuyente la información correspondiente. La persona tiene 20 días para explicar el origen de los recursos y presentar pruebas que acrediten que no constituyen ingresos gravados, conforme al procedimiento previsto en la LISR.