Los mexicanos que viven en Estados Unidos y que quieren prepararse para su retiro pueden continuar cotizando al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) sin necesidad de regresar a México. ¿Cómo y qué tienen que hacer para sumar semanas cotizadas para su pensión? Aquí te contamos todo acerca del trámite.
Cientos de mexicanos que viven y trabajan en Estados Unidos no saben que pueden afiliarse al IMSS desde el extranjero y continuar cotizando para su retiro.
Esto representa una gran oportunidad, ya que de esta forma no sólo mantienen la oportunidad de recibir una pensión, sino que también, proporcionan beneficios a sus familiares, ya que una vez que se dan de alta en el IMSS, sus seres queridos tienen derecho a la atención médica y otros servicios.
Para sumar semanas de cotización desde Estados Unidos puedes incorporarte al esquema de Personas Trabajadoras Independientes (PTI) del IMSS y realizar las aportaciones correspondientes.
El procedimiento se puede iniciar por internet y requiere proporcionar tus datos personales, tu Número de Seguridad Social (NSS), un domicilio en México y el ingreso mensual que declararás para calcular la cuota.
Estos son los pasos:
Para comenzar el trámite de afiliación como persona trabajadora independiente, debes contar con los siguientes datos:
No hay una cuota mensual única para todos los mexicanos que se afilian desde el extranjero. El costo se calcula con base en los ingresos declarados y los parámetros establecidos por el IMSS.
Si trabajaste formalmente en México antes de mudarte a Estados Unidos, las semanas que cotizaste anteriormente pueden reconocerse cuando vuelvas a incorporarte al régimen del IMSS.
Puedes solicitar tu constancia en la siguiente página: www.imss.gob.mx/tramites. Revisa que tus periodos laborales aparezcan correctamente y solicita orientación si detectas omisiones o inconsistencias.
El número de semanas necesarias para obtener una pensión del IMSS depende del régimen y de las condiciones que establece la ley:
-Ley de 1973: aplica a quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997 y cumplen las condiciones para pensionarse bajo ese régimen. Entre sus requisitos se encuentra haber cotizado al menos 500 semanas, además de cumplir con la edad y los demás criterios aplicables.
-Ley de 1997: aplica a quienes comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997. El número mínimo de semanas se ha incrementado gradualmente conforme a la ley; en 2026 el requisito general es de 875 semanas, además de cumplir con los demás requisitos de pensión.