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A partir del martes 27 de junio, entraron en vigor las nuevas reformas de protección al consumidor en materia de aviación civil, en México. Éstas pretenden que las aerolíneas mejoren sus servicios e indemnicen a los pasajeros si sus vuelos fueron retrasados o cancelados, por razones ajenas a ellos.

Las compensaciones aplican para todas las aerolíneas que presten sus servicios en México. En el Diario Oficial de la Federación se señala que “cuando la demora sea superior a una hora e inferior a cuatro, se compensará conforme a las políticas de cada aerolínea”, pero como mínimo deben incluir descuentos para vuelos hacia el destino contratado, así como alimentos y bebidas.

Cuando la demora sea mayor a dos horas, pero menor a cuatro, “los descuentos incluidos en las políticas de compensación no podrán ser menores al 7.5% del costo del boleto”. Si el retraso es mayor a cuatro horas se devolverá el costo total del boleto más una compensación del 25%.

Si te llega a pasar cualquiera de los incidentes anteriores, es tu derecho tener acceso a llamadas telefónicas y envío de correos electrónicos.

Pero si tu vuelo es cancelado, deberás elegir una de estas opciones: 1) Que la aerolínea te reintegre el precio del boleto. 2) Que te ofrezca todos los medios a su alcance: transporte en el primer vuelo disponible; alimentos en el tiempo de espera; alojamiento en hotel del aeropuerto o ciudad y transporte terrestre si lo requieres.

Las reformas también incluyen nuevos derechos para personas con discapacidad, el peso de equipaje permitido y sobre boletos para menores de dos años. Conoce las nuevas disposiciones en nuestra galería.

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