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Los extranjeros que desean ingresar a Estados Unidos, por vía terrestre, debe contar con el para que los agentes de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP por sus siglas en inglés) autoricen su entrada.

El formulario I-94 es necesario para cualquier tipo de viaje, ya sea de placer o por negocios y debe constar que la estancia en dicho país será temporal. Un agente de Aduanas y Protección Fronteriza determina el tiempo autorizado para que el extranjero permanezca en el país y se puede extender hasta por seis meses.

Las autoridades deben constar que los visitantes tienen fuertes vínculos en su lugar de origen que los obligue a regresar y que tienen un lugar temporal para quedarse en Estados Unidos, ya sea en un hotel o en casa de algún familiar.

Una vez que el viaje se haya terminado, el formulario debe ser devuelto a las autoridades de Aduanas, por vía terrestre, para que no tener problemas en las siguientes visitas por “rebasar” el tiempo de estancia autorizado.

También puedes depositar el permiso en uno de los buzones negros de Aduanas que se encuentran en los puertos de salida del país.

¿Qué pasa si no entregas el permiso cuando dejas el país?

En caso de que regreses a tu país por avión, por barco o algún medio privado de viaje, las autoridades no podrán solicitarte el permiso, por lo que no se confirmará tu salida de froma correcta.

Si esto sucede, los días de tu estancia seguirán contando aunque ya no te encuentres dentro del país y puede que tus días autorizados sean rebasados.

Cuando desees regresar a Estados Unidos los agentes de CBP estarán obligados a negarte la entrada al país, tu visa estará sujeta a cancelación o podrás ser retornado de inmediato a tu lugar de origen en el extranjero.

¿Qué puedes hacer si no registraste tu salida?

Una vez que hayas dejado el país sin entregar e puedes enviarla junto a un documento que certifique tu salida de Estados Unidos, como los siguientes:

  1. Tarjetas de embarque originales.
  2. Copias de sellos de entrada o salida en el pasaporte indicando la entrada a otro país después de que dejaste Estados Unidos. Para esta opción, también deberás entregar una copia de la página con información biográfica con foto.
  3. Copias de cualquier otra información o evidencia que respalde tu salida como:
  4. Recibos de pago con fechas, donde el empleador indique que trabajaste fuera de Estados Unidos después de que dejaste el país.
  5. Registros bancarios con fechas, donde se indique transacciones fuera de EU después de que dejaste el país.
  6. Registros escolares con fechas, que indiquen tu asistencia a una escuela fuera de Estados Unidos luego de dejar el país.
  7. Recibos de tarjetas de crédito con fechas, que incluyan nombre y número de tarjeta tachado que certifiquen compras realizadas fuera de EU después de que dejaste el país.
  8. Agrega un escrito en inglés donde expliques los motivos del por qué no entregaste a tiempo tu formulario.

Para la próxima vez que desees regresar a EU, asegurate de llevar una copia de los documentos que proporcionaste por si los agentes de CBP tienen dudas sobre tu admisibilidad y para actualizar los registros de ingreso, en caso de que no se haya hecho de forma previa.

¿A dónde los debes enviar?

Envía tu documentación para oficializar tu salida a:

Para Servicio Postal de Estados Unidos. 

Coleman Data Solutions

Box 7965

Akron, OH 44306

Attn: NIDPS (I-94)

Estados Unidos.

Para paquetería FedEx o UPS

3043 Sanitarium Road, Suite 2

Akron, OH 44312

Attn: NIDPS (I-94).

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