Negocios

16 de septiembre 2026: ¿cuánto te deben pagar si trabajas en el Día de la Independencia?

Te decimos cómo se paga si trabajas el 15 y 16 de septiembre de 2026 según la Ley Federal del Trabajo

Te decimos cómo se paga si trabajas el 15 y 16 de septiembre de 2026 según la Ley Federal del Trabajo. Foto: IA
13/09/2026 |13:58
María Alba
Editora Web Ver perfil

El 16 de septiembre es uno de los, por lo que quienes deban trabajar durante el Día de la Independencia tienen derecho a recibir un pago adicional, de acuerdo con lo establecido por la Ley Federal del Trabajo (LFT). En 2026, la celebración caerá en miércoles, por lo que no habrá cambio de fecha del descanso como suele ocurrir con otros días feriados.



Una de las dudas más comunes durante las fiestas patrias es si el martes 15 de septiembre también se considera día festivo. La respuesta es no, aunque es la fecha en que se lleva a cabo el tradicional Grito de Independencia, no está contemplada como día de descanso obligatorio en el artículo 74 de la LFT.

Por ello, si trabajas el 15 de septiembre, tu salario será el habitual y no existe obligación legal de recibir un pago extra. Algunas empresas pueden otorgar medio día o modificar el horario, pero se trata de una prestación interna o de común acuerdo entre empleador y empleados.

Newsletter
Recibe en tu correo las noticias más destacadas para viajar, trabajar y vivir en EU
Te recomendamos

En cambio, el miércoles 16 de septiembre sí es un día de descanso obligatorio, según el artículo 74. Cabe mencionar que la Ley Federal del Trabajo define a los días festivos, o días feriados, como aquellos que no son laborables y se consideran de descanso obligatorio.

En caso de que se requiera trabajar en uno de estos días, el patrón y sus empleados deben acordar el número de personas que prestarán sus servicios y deberán dar un pago superior.

Si tu empleador requiere que trabajes durante esa jornada, el artículo 75 establece que debes recibir, además del salario correspondiente al día de descanso, un salario doble por el servicio realizado. Esto significa que por trabajar ese día tienes derecho a tres veces tu salario diario en total, o un salario triple en términos simples.

Por ejemplo: si tu salario diario es de 500 pesos y trabajas el 16 de septiembre, deberás recibir los 500 pesos correspondientes al, más otros 1,000 pesos por haber trabajado.

En total, el pago correspondiente a esa jornada sería de 1,500 pesos. La obligación aplica independientemente de que el trabajador tenga que prestar sus servicios durante una parte o toda la jornada acordada.

La LFT también establece que los trabajadores y patrones deben determinar quiénes prestarán sus servicios durante los días de descanso obligatorio. Por ello, si tu empresa requiere que labores el miércoles 16 de septiembre, debe existir una organización previa de la jornada laboral así como un acuerdo claro sobre cuánto la empresa o tu empleador está obligado a pagarte.

Si tienes dudas sobre el pago que te corresponde, puedes revisar tu recibo de nómina y solicitar a tu empleador que desglose el concepto correspondiente al día festivo.

¿Habrá puente vacacional por el 16 de septiembre?

Como se mencionó, la Ley Federal del Trabajo sólo considera el miércoles 16 de septiembre de 2026 como día de descanso obligatorio y, debido a que cae entre semana, no ameritará puente vacacional.

Por su parte, el calendario de la tampoco tiene marcado un fin de semana largo, dado que contempla el 15 de septiembre como día de reflexión con actividades académicas regulares y el 16 como día de asueto.