TE RECOMENDAMOS
Desde el aumento de las bicicletas eléctricas y los scooters en las calles de la Ciudad de México, se han convertido en una opción económica, rápida y ecológica para moverse por la ciudad.
Sin embargo, con su auge también llegaron los problemas. Al no estar claramente regulados, comenzaron a circular por todos lados: ciclovías, entre carriles, e incluso sobre banquetas. Esto ha generado una serie de conflictos en la vía pública y, en algunos casos, accidentes. Por ellos el Gobierno de la capital se ha propuesto regularlo, pero ¿qué implica esto?
¿Qué dice el reglamento de tránsito sobre las bicicletas eléctricas y los scooters?
De acuerdo con el artículo 79 del Reglamento de Tránsito, la velocidad máxima permitida en ciclovías es de 25 km/h. El problema es que muchas bicicletas eléctricas y scooters fácilmente superan ese límite, llegando incluso a alcanzar hasta 55 km/h, lo que representa un riesgo para ciclistas y peatones.
Además, se ha vuelto común ver estos vehículos mal estacionados, obstruyendo pasos peatonales y banquetas. Esta situación ha llevado al gobierno a intervenir.
¿Qué propone la CDMX para regular scooters y bicicletas eléctricas?
La jefa de Gobierno, Clara Brugada anunció que desde el 20 de mayo se presentaron dos nuevas leyes y modificaciones al Reglamento de Tránsito para ordenar el uso de estos vehículos. Entre las medidas más destacadas se encuentran:
- Prohibición de circulación en ciclovías, carriles confinados y banquetas para vehículos eléctricos personales que superen los 25 km/h.
- Uso obligatorio de casco
- Uso obligatorio de placas
- Clasificación oficial como VEMEPE (Vehículos Motorizados Eléctricos Personales)
¿Qué significa que las bicis eléctricas y los scooters sean considerados como Vehículos Motorizados Eléctricos Personales?
La nueva clasificación describe a todos los vehículos que tengan:
- Manubrio y asiento
- Funcionan mediante acelerador
- Tienen motor eléctrico
- Pesan hasta 350 kg
Los VEMEPE serán divididos en dos tipos: ligeros (menos de 35 kg) y pesados (hasta 350 kg), con normativas específicas para cada uno, poniendo a los patínes y bicis eléctricas en el mismo rubro que las motocicletas, por lo tanto, requerirán placas.
Aunque algunos scooters no superan los 25 km/h y podrían seguir considerados como vehículos no motorizados, la nueva legislación buscará incluirlos dentro del marco regulatorio si cumplen con ciertas características técnicas. Todo dependerá del peso, la velocidad y el tipo de motor que incorporen.
¿Necesito licencia para conducir scooter y bici eléctrica en la CDMX?
Si se aprueban las leyes propuestas, uno de los cambios más significativos es que los conductores de VEMEPE deberán contar con una licencia de conducir, similar a la que se requiere para motocicletas.
Con el objetivo de garantizar que los usuarios tengan conocimientos básicos sobre:
- Normas de tránsito
- Movilidad urbana segura
- Uso responsable del vehículo
La propuesta ya ha despertado controversia. Algunos usuarios consideran que sacar a estos vehículos de las ciclovías podría aumentar los riesgos, al obligarlos a circular entre autos sin infraestructura adecuada. Otros aplauden la iniciativa por el caos que ha generado su uso desregulado.
Mientras tanto, el paquete legislativo fue enviado al Congreso de la Ciudad de México, y se espera que en las siguientes semanas se debata su aprobación. De concretarse, estos cambios impactarán a miles de capitalinos que hoy usan bicis y scooters eléctricos como alternativa cotidiana.