Si vas a recibir aguinaldo este fin de año ve considerando que la Secretaría de Administración Tributaria (SAT) podría exigirte el pago de impuestos. ¡Sí, así como lo lees! Algunos trabajadores mexicanos deberán pagarlo de lo que reciban, pero dicho depósito debe superar cierta cantidad de dinero. ¿Cuál es el monto que puedes cobrar de aguinaldo para exentar de este pago? ¡Entérate!
El aguinaldo es un pago muy esperado por los mexicanos, sobre todo porque se trata de una buena cantidad de dinero que llega justo en la época en la que más gastos se hacen: la Navidad y el Año Nuevo.
La mayoría de las personas reciben una cantidad considerable con la cual pueden comprar regalos, pagar la cena de dichas fiestas, o bien, liquidar algunas deudas que tengan pendientes. Sin embargo, cada año, varios especialistas financieros hacen un llamado para que utilicen el aguinaldo de forma consciente, sobre todo, si tienen que pagar una parte al SAT.
El aguinaldo 2025 queda exento en impuestos hasta por el equivalente a 30 veces el valor diario de la UMA (Unidad de Medida y Actualización).
De manera general, para los trabajadores que ganan el salario mínimo, el aguinaldo queda libre de impuestos.
Este 2025, la UMA vale $113.14 pesos, por lo que el monto por el que no se paga impuestos es de $3,394.20 pesos.
El ISR se trata del impuesto que se descuenta de tu salario y prestaciones; con el aguinaldo, sólo se paga sobre el excedente que rebasa el límite que marca el SAT.
El aguinaldo es una prestación anual obligatoria que deben recibir los trabajadores al término del año; para calcularlo, se multiplica el salario diario por 15 días; si no se trabajó el año completo, se calcula una parte proporcional.
Por ejemplo, si ganas $400 pesos diarios, multiplícalo por 15 y el resultado es $6,000 pesos de aguinaldo.
Tu jefe o empresa debe pagarte el aguinaldo antes del 20 de diciembre.
El monto mínimo es de 15 días de salario; o si no se trabajó el año completo, a la parte proporcional.
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), deben recibir aguinaldo todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros.