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¿Vas a pedir la visa americana? Este nuevo requisito podría frenar o retrasar tus planes. Desde el 6 de septiembre de 2025, el Departamento de Estado de Estados Unidos ha implementado un cambio importante en el proceso de solicitud de visas de no inmigrante (NIV), que podría afectar a miles de solicitantes en todo el mundo.
¿Qué cambió en el trámite de visa?
A partir de ahora, todos los solicitantes de visas de no inmigrante (turismo, estudiantes, trabajo temporal) deberán agendar su entrevista en una embajada o consulado de Estados Unidos ubicado en su país de nacionalidad o residencia legal.
Esta medida busca evitar el llamado “visa shopping”, es decir, cuando los solicitantes buscan países con menor tiempo de espera o requisitos más flexibles para obtener la visa.
Si tu país no cuenta con Consulados de Estados Unidos, o procesos rutinarios de visa, deberás acudir a una sede designada por el Departamento de Estado:
- Afganistán → Islamabad
- Bielorrusia → Vilna o Varsovia
- Chad → Yaundé
- Cuba → Georgetown
- Haití → Nassau
- Irán → Dubái
- Libia → Túnez
- Níger → Uagadugú
- Rusia → Astaná o Varsovia
- Somalia → Nairobi
- Sudán del Sur → Nairobi
- Sudán → El Cairo
- Siria → Ammán
- Ucrania → Cracovia o Varsovia
- Venezuela → Bogotá
- Yemen → Riad
- Zimbabue → Johannesburgo
Lo que debes tener en cuenta con este nuevo cambio
1. Residencia legal
Si vas a solicitar la visa en un país distinto al de tu nacionalidad, debes demostrar que resides legalmente allí. Esto puede incluir visas de largo plazo, permisos de residencia, contratos de arrendamiento, cartas de empleo o estados bancarios.
2. Tarifas no reembolsables
Las tarifas pagadas no se reembolsan ni se transfieren, incluso si tu solicitud es rechazada por haber elegido una sede incorrecta.
3. Tiempos de espera
Solicitar la visa con esta nueva medida puede implicar esperas mucho más largas para obtener una cita.
4. Citas ya programadas
Las citas existentes no serán canceladas en general, pero se recomienda verificar que el lugar de la cita cumpla con los nuevos requisitos.
5. Excepciones
Esta nueva regla no aplica a:
- Visas diplomáticas u oficiales (A, G, C-2, C-3, OTAN).
- Casos amparados por el Acuerdo de la Sede de la ONU.
- Emergencias médicas o humanitarias.
- Razones de política exterior.
Consulta el sitio web oficial de la embajada o consulado donde planeas aplicar. Verifica los tiempos de espera antes de agendar tu cita. Completa correctamente el formulario DS-160 y asegúrate de que el número de confirmación coincida con tu cita.
Prepara todos tus documentos: pasaporte, fotos, comprobantes de residencia, cartas de empleo o estudios, entre otros.
Si estás planeando viajar a Estados Unidos, asegúrate de cumplir con este nuevo requisito para evitar contratiempos.
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