Solicitar una visa americana, ya sea por primera vez o en una renovación, siempre implica la posibilidad de que la solicitud sea rechazada. Si esto ocurre, es importante entender por qué y qué opciones tienes para actuar.
La decisión la toma un oficial consular estadounidense durante la entrevista en la embajada o consulado. Este oficial evalúa tu solicitud con base en preguntas sobre tu viaje, trabajo, vínculos familiares y antecedentes de entradas a Estados Unidos.
Consejo clave: Sé completamente honesto. Si detectan información falsa, pueden negarte la visa bajo la sección 212(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
Cuando tu visa es negada, recibirás una carta con el motivo y un código que indica la causa:
La sección 214(b) es una de las causas más frecuentes de rechazo de visas de turista. Esta disposición establece que todo solicitante de visa no inmigrante debe demostrar que no tiene intención de quedarse permanentemente en Estados Unidos.
En otras palabras, si el oficial consular considera que no demostraste lazos fuertes con tu país de origen (como México), o que podrías quedarte más tiempo del permitido, tu solicitud será rechazada.
Las razones más comunes del rechazo 214(b) son:
Los lazos que suelen considerarse como prueba de arraigo incluyen tener un empleo estable, propiedades, familia cercana o compromisos académicos en tu país.
“Los oficiales consulares evalúan cada solicitud individualmente, considerando las circunstancias personales, planes de viaje, recursos económicos y vínculos fuera de Estados Unidos que garanticen el regreso del solicitante”, señala el sitio oficial Travel.State.Gov.
Si deseas volver a aplicar, deberás:
Uno de los motivos más frecuentes de denegación de visa es bajo la sección 221 (g). ¿Pero, qué implica?
“Una denegación de visa según la sección 221 (g) significa que el funcionario consular no tenía toda la información requerida para determinar si el solicitante es elegible para recibir una visa. Por lo tanto no es elegible ahora”, explican.
Las razones por las que rechazaron otorgar la visa pueden ser:
1) La solicitud está incompleta y / o se requiere documentación adicional. Esto pasa cuando faltó anotar información requerida en el formulario DS-160 o cuando la que pusiste provocó dudas al oficial consular. En cualquier caso deben decirte qué documentos adicionales debes presentar para que sea aprobada.
Tienes hasta un año para presentar la información, contando a partir de la fecha en la que te negaron la visa. Si no lo haces durante ese periodo, deberás volver a pagar por una nueva solicitud.
2) Procesamiento administrativo. Significa que no demostraste ser elegible y requieres de un procesamiento adicional para que te otorguen la visa. Te entregarán una carta con instrucciones y podrás verificar tu estatus en la página www.usvisa-info.com.
La carta incluirá instrucciones específicas. En este caso:
El gobierno de Estados Unidos establece que tienes derecho a:
Si el consulado determina que eres inelegible para una visa de inmigrante, puede indicar si calificas para una exención. Para ello, debes presentar el Formulario I-601 ante USCIS.
Desde el 4 de junio de 2012, las solicitudes se envían por correo a una localidad segura (lockbox) de USCIS, que las remite al Centro de Servicio de Nebraska (NSC).
Consulta las direcciones en la página oficial: uscis.gov/es/i-601.
Personas en Cuba siguen presentando en la Oficina Local de La Habana.
Casos excepcionales pueden permitir presentación directa en oficinas internacionales.
Dependerá del tipo de exención solicitada. Debes incluir documentos que respalden tu elegibilidad.
Si tu examen médico o carta de buena conducta están vencidos, USCIS no exige actualizarlos para presentar el I-601, pero el consulado podría pedirlos antes de otorgar la visa.
Si tu visa fue negada:
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