Aunque muchas personas creen que perder el empleo significa quedarse sin reparto de utilidades, la realidad es distinta: en México, quienes renunciaron o fueron despedidos también pueden recibir este pago si trabajaron durante el ejercicio fiscal correspondiente. Checa esta guía para que sepas cómo reclamar tu dinero y cuánto te tocaría.
La prestación, conocida como PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades), continúa siendo uno de los derechos laborales que más dudas genera entre extrabajadores, especialmente sobre cómo reclamarla y cuánto dinero podrían recibir en caso de que renuncien o sean despedidos de su empleo.
De acuerdo con la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México, las utilidades son “un derecho constitucional de la población trabajadora, que proporciona un trabajo personal subordinado a una persona física o moral a cambio de un salario, por lo que tiene derecho a participar de las ganancias obtenidas por el patrón o la empresa, siempre y cuando éstas se generen”.
Sí, ya que de acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, las personas que hayan laborado al menos 60 días en una empresa durante el año fiscal correspondiente pueden recibir utilidades.
Las fechas oficiales dependen del tipo de patrón:
Los extrabajadores también pueden reclamar el pago dentro de estos periodos.
El Servicio de Administración Tributaria indica que el límite del monto a recibir será equivalente a tres meses de salario o el promedio de la PTU recibida en los últimos tres meses años.
Para poder cobrar tus utilidades, expertos recomiendan:
-Contactar a Recursos Humanos de la empresa
-En el caso de la CDMX, acudir a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
Los trabajadores cuentan con hasta un año para reclamar las utilidades una vez que fueron exigibles.
Todas las trabajadoras y trabajadores, excepto directores, administradores, gerentes generales, socios o accionistas, trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda y prestadores de servicios profesionales.
La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la CDMX dice que no están obligados a dar utilidades