Solicitar la visa americana de turista (B1/B2) implica someterse a una evaluación individual realizada por un oficial consular del gobierno de Estados Unidos. El objetivo de este proceso es comprobar que el solicitante viajará de forma temporal, cuenta con los recursos económicos suficientes para cubrir su estancia y, sobre todo, que regresará a su país de origen una vez concluido el viaje.
Ante este escenario, una de las dudas más frecuentes es si es obligatorio llevar estados de cuenta bancarios a la entrevista consular. La respuesta oficial es más matizada de lo que muchos creen.
Desde el inicio del trámite, el solicitante proporciona información clave sobre su situación económica y laboral al llenar el formulario DS‑160, donde se declaran ingresos mensuales, ocupación actual y datos del empleador.
Según explica el Departamento de Estado de Estados Unidos en su sitio oficial Travel.State.Gov:
“Al realizar entrevistas de visa, los oficiales consulares examinan cada solicitud individualmente y consideran las circunstancias, los planes de viaje, los recursos financieros y los vínculos del solicitante que se encuentran fuera de los Estados Unidos, lo que garantizará la salida del solicitante después de una visita temporal”.
Es decir, la solvencia económica sí forma parte del análisis, pero no se evalúa únicamente con documentos bancarios.
De acuerdo con la información oficial del gobierno estadounidense, no existe un requisito que obligue a presentar estados de cuenta bancarios durante la entrevista para la visa de turista. Tampoco hay un monto mínimo oficial que deba comprobarse.
La embajada y los consulados de Estados Unidos señalan que el proceso se basa en la entrevista verbal y la información previamente proporcionada en el formulario DS‑160. En la práctica, los oficiales consulares pocas veces solicitan documentos físicos, incluyendo estados de cuenta.
Sin embargo, el hecho de que no sean obligatorios no significa que no puedan ser útiles en caso de que el oficial decida profundizar en la situación financiera del solicitante. Así que no son obligatorios, pero sí se recomienda llevarlos.
Las autoridades estadounidenses buscan reducir el riesgo de que una persona permanezca en Estados Unidos más allá del tiempo autorizado o intente trabajar sin permiso.
Cuando un solicitante no logra demostrar que cumple con los requisitos de la visa solicitada, puede ser rechazado bajo la sección 214(b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), que establece que todo solicitante es considerado un inmigrante potencial hasta que demuestre lo contrario.
Esta sección respalda legalmente la negativa de visa cuando no se prueban vínculos sólidos fuera de Estados Unidos, como empleo, estudios, residencia o estabilidad económica.
Aunque los estados de cuenta te ayudarán a mostrar solvencia económica, también puedes llevar otros documentos. Entre ellos se encuentran:
Evidencia de empleo: carta laboral, constancia del empleador, comprobantes de pago.
Evidencia de residencia: documentos que acrediten domicilio permanente fuera de Estados Unidos.
Evidencia de recursos económicos: estados de cuenta, ahorros o reportes fiscales.
Evidencia académica, en el caso de estudiantes: inscripción escolar, credencial o constancia oficial.
No obstante, el propio gobierno estadounidense enfatiza que el peso principal de la decisión recae en la entrevista y en la coherencia del perfil del solicitante.
El formulario DS‑160 es la base sobre la cual el oficial consular conduce la entrevista. La información ahí registrada sobre ingresos, empleo y antecedentes laborales debe ser completa y veraz, ya que el oficial puede hacer preguntas detalladas sobre estos datos.
La consistencia entre lo escrito en el formulario y lo dicho en la entrevista es fundamental para generar confianza.
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