Viajar al extranjero con un bebé requiere planificación, y uno de los documentos más importantes para hacerlo es el pasaporte mexicano. Aunque muchas personas asocian este trámite con adolescentes o adultos, lo cierto es que los recién nacidos también pueden obtener este documento desde sus primeros días de vida, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
Una de las dudas más frecuentes es cuánto tiempo dura el pasaporte de un bebé y por qué su vigencia es diferente a la de los adultos.
La vigencia del pasaporte mexicano para menores de edad varía de acuerdo con su edad.
Para los niños menores de tres años, incluidos los bebés y recién nacidos, la SRE ofrece vigencia de 1 año.
En cambio, los menores que ya tienen más de tres años y hasta antes de cumplir los 18 pueden solicitar un pasaporte con vigencia de:
Esta diferencia responde a necesidades específicas relacionadas con la identificación de los menores.
La principal razón es que durante los primeros años de vida los cambios físicos son muy rápidos. La apariencia de un recién nacido puede ser muy distinta a la que tendrá apenas unos meses después, por lo que mantener actualizada la fotografía y los datos de identificación facilita la comprobación de identidad durante los viajes internacionales.
Además, los pasaportes para menores están sujetos a controles especiales de protección debido a que los niños y adolescentes se encuentran bajo patria potestad o tutela. Por ello, la vigencia es más limitada y los requisitos para obtenerlo son más estrictos que en el caso de los adultos.
En otras palabras, el pasaporte de un bebé dura un año porque se busca que la identificación oficial refleje de manera más precisa su imagen y situación actual.
Sí. No existe una edad mínima para tramitar el pasaporte mexicano.
Un bebé recién nacido puede obtenerlo desde que cuenta con su registro de nacimiento y reúne la documentación requerida por la SRE. Para realizar el trámite es obligatoria la presencia del menor y la autorización de quienes ejerzan la patria potestad o tutela.
Para gestionar el documento, la familia debe presentar:
Comprobante de cita impresa.
Acta de nacimiento original del bebé.
CURP del menor.
CURP de ambos padres o tutores.
Identificación oficial vigente de ambos padres o de quien ejerza la patria potestad o tutela.
Autorización de ambos padres.
Constancia pediátrica con fotografía del bebé y cédula profesional del médico.
Copia de la cédula profesional del pediatra.
La presencia de ambos padres suele ser necesaria, salvo en situaciones donde legalmente una sola persona tenga la patria potestad exclusiva.
Sí. Los bebés con alguna discapacidad comprobada pueden acceder a un descuento del 50 por ciento en el costo del pasaporte.
Para obtener este beneficio es necesario presentar un certificado médico vigente que acredite la condición al momento de realizar el trámite.
La SRE permite solicitar citas mediante tres modalidades:
Los interesados pueden llamar al 55 893 24827, disponible todos los días de 8:00 a 20:00 horas, para seleccionar oficina, fecha y horario.
El trámite puede iniciarse a través del sistema de citas de la SRE utilizando una cuenta LlaveMx o un correo electrónico.
También es posible solicitar la cita mediante el número (+52) 55 893 24827, donde un asistente automatizado guía al usuario durante el proceso.
Las familias deben acudir con toda la documentación requerida, el comprobante de cita y el comprobante de pago bancario.
Una ventaja del procedimiento actual es que ya no es necesario llevar fotografías impresas, ya que la imagen del menor se toma directamente en la oficina de la SRE. Se recomienda llegar al menos 15 minutos antes de la hora asignada para evitar contratiempos.
Tras la revisión de documentos y la captura de fotografía y datos biométricos, el pasaporte suele entregarse el mismo día, generalmente después de un periodo de espera que puede ir de 10 a 60 minutos.
Si un bebé mexicano va a viajar al extranjero, necesitará un pasaporte vigente. Este documento puede tener una duración de uno o tres años para menores de tres años, una medida que busca mantener actualizada su identificación debido a los rápidos cambios físicos que se producen durante la infancia. Aunque el trámite exige diversos requisitos y la autorización de quienes ejercen la patria potestad, el proceso puede realizarse desde los primeros meses de vida del menor.
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