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Si obtuviste tu estatus de residente permanente en Estados Unidos mediante matrimonio con un ciudadano estadounidense o residente permanente legal, y llevabas menos de dos años casado al momento de tu admisión con visa de inmigrante o ajuste de estatus, tu residencia se otorgó de manera condicional.
¿Qué significa ser residente permanente condicional?
Este estatus se concede por dos años. Para mantener tu residencia, debes eliminar las condiciones presentando el Formulario I-751, Petición para Eliminar las Condiciones de Residencia, durante el período de 90 días antes del segundo aniversario de haber recibido la residencia condicional.
¿Qué pasa si no puedo presentar la petición conjunta con mi cónyuge?
Si ya no cumples con el requisito de presentar la solicitud junto con tu cónyuge (por ejemplo, por divorcio, fallecimiento o situaciones de abuso), puedes solicitar una exención del requisito de presentación conjunta. Esta solicitud se hace también mediante el Formulario I-751 y puede presentarse en cualquier momento antes de una orden final de deportación, sin necesidad de esperar el período de 90 días.
Tipos de exenciones disponibles
USCIS contempla varias circunstancias para otorgar exenciones:
Viudez
Si el matrimonio se celebró de buena fe, pero el cónyuge falleció.
Divorcio o anulación
Si el matrimonio fue genuino, pero terminó legalmente.
Violencia doméstica o crueldad extrema
Si el cónyuge o padrastro sometió al residente condicional o a su hijo a maltrato físico o psicológico.
Dificultad extrema
Si la terminación del estatus y la deportación causarían un perjuicio grave.
Puedes marcar todas las razones aplicables en el Formulario I-751. USCIS evaluará la petición según la evidencia presentada.
Protección para víctimas de abuso
Si solicitas la exención por violencia doméstica o crueldad extrema, USCIS garantiza la confidencialidad de tu información y aplica protecciones legales para víctimas de abuso, limitando el acceso a tus datos migratorios.
Costos y exenciones de pago
El Formulario I-751 tiene una tarifa establecida en el programa de tarifas de USCIS. Si no puedes pagar, puedes solicitar una exención de tarifa mediante el Formulario I-912. Las solicitudes basadas en violencia doméstica no pagan tarifa.
¿Puedo cambiar el tipo de solicitud?
En general, puedes modificar o agregar motivos para la exención después de presentar el formulario, mediante una solicitud escrita o durante la entrevista. Sin embargo, si deseas cambiar de una exención por abuso a una petición conjunta, deberás retirar la solicitud anterior y presentar una nueva petición conjunta, asistiendo a una entrevista para confirmar el retiro.
¿Cuándo puedo solicitar la exención por abuso?
En cualquier momento después de recibir el estatus condicional y antes de una orden final de deportación. Tu estado civil actual no afecta la elegibilidad: puedes seguir casado, separado o divorciado.
¿Qué ocurre si estoy en proceso de divorcio?
Mientras el matrimonio no esté legalmente terminado, USCIS puede seguir procesando la petición conjunta. Si el matrimonio se disuelve, deberás notificar a USCIS y podrás cambiar tu solicitud a una exención por buena fe (divorcio).
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