Cada vez son más los adultos mayores que no saben qué del Instituto Mexicano del Seguro Social () pedir: si la Pensión por Cesantía o la Pensión por Vejez; a continuación, te explicamos qué ofrece cada una, qué requisitos debes cumplir, a qué edad la puedes solicitar y cuántas semanas cotizadas necesitas. ¡Toma nota de esta información que te será de ayuda para tu retiro!

Dos de las pensiones más solicitadas del IMSS son la Pensión por Cesantía en Edad Avanzada y la Pensión por Vejez; aunque podría parecer que son la misma, la realidad es que cada una cuenta con diferentes especificaciones y requerimientos, por lo que es muy importante conocerlas.

Toma en cuenta que tener una pensión del IMSS trae varios beneficios (que dependen del régimen) tales como: pago mensual; acceso a atención médica integral gratuita, servicios hospitalarios, farmacéuticos y de rehabilitación; aguinaldo; ayuda asistencial; acceso a prestaciones sociales, entre otros.

¿Quiénes tienen derecho a una pensión del IMSS?

Para solicitar una pensión del IMSS debes tener alrededor de 65 años al momento de presentar tu solicitud de pensión, pero toma en cuenta que dicha edad puede cambiar dependiendo de la que solicites.

¿Quién puede solicitar una pensión de vejez en el IMSS?

De acuerdo con la página oficial del IMSS, puede solicitar una pensión por vejez el asegurado que ha cumplido 65 años y se encuentre en baja del Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.

¿Quién puede solicitar una pensión por cesantía en el IMSS?

El asegurado que ha cumplido 60 años y se encuentra en baja del Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.

Diferencia entre pensión por cesantía y pensión por vejez

La principal diferencia entre las pensiones por Cesantía en Edad Avanzada y por Vejez radica en la edad en que se cumplen los requisitos que establece la Ley del Seguro Social, y se ve reflejado en el importe de pensión que percibirá.

Requisitos para solicitar la pensión por cesantía en edad avanzada

-Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973:

  • Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
  • Tener al menos 60 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización.
  • Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.

-Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997:

  • Tener al menos 60 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 1,250 semanas de cotización.

Requisitos para solicitar la pensión por vejez

-Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973:

  • Tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización.
  • Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
  • Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.

-Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997:

  • Tener 65 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
  • Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
  • Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 1,250 semanas de cotización.
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